En Colombia, los usuarios de nuevos inmuebles podrán escoger a su operador de telecomunicaciones

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En Colombia, entró en vigencia el Reglamento Técnico para las Redes Internas de Telecomunicaciones (RITEL), que permite a los usuarios acceder a la televisión abierta radiodifundida y escoger libremente a su operador de servicios de telecomunicaciones (internet, TV por suscripción y telefonía) y no estar limitados a contar sólo con servicios de un único proveedor.

Según informó la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), la medida contribuye a solucionar los problemas que históricamente se presentaban cuando los operadores desplegaban redes en las edificaciones y establecían contratos de exclusividad con la constructora o la copropiedad, lo cual generaba barreras de entrada a otros operadores interesados en prestar el servicio a los usuarios.Ahora, los constructores de edificaciones tendrán la responsabilidad de diseñar, suministrar, construir, instalar y dejar habilitada la red interna de telecomunicaciones del inmueble, disponiendo de los espacios y ductos necesarios, así como de algunos elementos del cableado. Los operadores, por su parte, tendrán que cumplir con estándares y procedimientos técnicos para el despliegue de sus cables y redes en estas edificaciones.

El RITEL es obligatorio para todos aquellos inmuebles que estén sometidos al régimen de propiedad horizontal, que soliciten licencia de construcción a partir del 15 de julio de 2015. Para los inmuebles ya construidos y aquellos cuya solicitud de licencia sea anterior a esta fecha, el reglamento es de carácter voluntario.

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