Osiptel multa a Telefónica del Perú

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) sancionó en segunda instancia a Telefónica Móviles con 75 UITs, lo que equivale a 270 mil soles, al declararse infundada la apelación presentada por la operadora.

De acuerdo a lo informado por Crónica Viva, a través de la resolución al entidad gubernamental señaló que la empresa cometió infracción grave, al haber incumplido lo dispuesto en el Art. 6 de las Condiciones de Uso, al no brindar a sus abonados información clara, veraz, detallada y precisa respecto al proceso de migración tecnológica de CDMA (celulares sin chip) a GSM (celulares con chip).

Osiptel  informó que realizó ocho acciones de supervisión a Telefónica Móviles, vía telefónica, mediante su central 104.

Asimismo, se encontró que los asesores de Telefónica informaban a sus clientes que el cambio de celulares sin chip a celulares con chip no era gratis, que tenía un costo el cual dependía del modelo de equipo que el usuario deseaba o que para que no pierda el número de celular debería adquirir uno nuevo, entre otras respuestas.

Entre los alegatos presentados por la empresa Telefónica, se aduce que durante las llamadas recibidas no se solicitó una explicación sobre en qué consistía el proceso de migración tecnológica, sino sobre el cambio o renovación de equipos.

Además, Telefónica refiere que se debió levantar un acta de la supervisión realizada, y los supervisores de Osiptel no se identificaron debidamente cuando se detectó la infracción.

Al respecto, la entidad gubernamental respondió que de acuerdo a la normativa vigente, sólo se levanta un acta y obliga la identificación de sus funcionarios cuando la verificación se realiza fuera de las instalaciones de Osiptel (visitas).

Sin embargo, aducen que este no fue el caso, pues las llamadas se realizaron dentro de las instalaciones de Osiptel: seis desde la sede en Lima, una en Piura y otra en Cusco.

Por todo esto, Osiptel declaró infundado el proceso de apelación presentado por Telefónica, “lo que agota la vía administrativa, no procediendo ningún recurso por esta vía”. Ello quiere decir que, si lo cree conveniente, la empresa Telefónica podrá acudir al Poder Judicial por este caso, pero durante el proceso no están eximidos del pago de la multa impuesta. (ECHA)

 

Fuente: Crónica Viva del Perú

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